BUZÓN DIGITAL

QRS
Quejas, Reclamos, Sugerencias, Felicitaciones

QUEJA

Cualquier expresión verbal, escrita o en medio electrónica, de insatisfacción, respecto al servicio o empleado que presta la Entidad y que requiere una respuesta. Las quejas deben ser resueltas, atendidas o contestadas dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación.

RECLAMO

Comunicación verbal, escrita o en medio electrónico, mediante la cual se presenta una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio. (Los reclamos deben ser resueltos, atendidos o contestados dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación).

SUGERENCIA

Recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar el servicio que se presta en cada una de las dependencias del Consejo Superior de la Judicatura y de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, racionalizar el empleo de los recursos o hacer más participativa la gestión pública. (En un término de diez (10) días se informará sobre la viabilidad de su aplicación).

FELICITACIÓN

Reconocimiento dado a un empleado por el cumplimiento de sus funciones o el desarrollo de acciones de valor agregado al Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá.

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Bienvenido(a)

El Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, tiene a su disposición el sistema de gestión de quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, por medio del cual le permitirá formular, consultar y hacer seguimiento en línea a sus requerimientos.

Términos de uso:

Autorizo el tratamiento de mis datos personales registrados en el presente sistema de acuerdo a las normas aplicables, especialmente la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012, La Entidad propenderá por la seguridad y confidencialidad de los datos sensibles o personales que se hayan recogido para los fines de la presente solicitud y garantizará su debida custodia, uso, circulación y supresión.

Entiendo y acepto que:

Los datos facilitados en este formulario pasarán a formar parte de los archivos automatizados propiedad de la entidad y podrán ser utilizados por el titular del archivo para el ejercicio de las funciones propias en el ámbito de sus competencias.

Si por motivos de restructuración, mantenimiento, fallas o errores técnicos tales como caída de línea o congestión en el sistema no se pudiera acceder al portal, no se está coartando el derecho del habeas data.

Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo dispone el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia.

Términos para la respuesta de peticiones y quejas interpuestas por medio de este sistema.

Debe tener en cuenta la Ley 1437 del 18 de enero 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. Ley 1755 del 30 junio de 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.